Artículo 15.3.1. Licencias concedidas con edificación concluida
En el caso de que la edificación estuviese concluida a la entrada en vigor del Plan General se estará a lo dispuesto en el Capítulo Cuarto de este Título.
En el caso de que la edificación estuviese concluida a la entrada en vigor del Plan General se estará a lo dispuesto en el Capítulo Cuarto de este Título.