Artículo 15.4.9. Situaciones conformes a la nueva ordenación

Artículo 15.4.9. Situaciones conformes a la nueva ordenación

Se entienden conformes y compatibles con el presente Plan los edificios, construcciones e instalaciones existentes, usos y actividades ya implantados a la entrada en vigor del presente Plan, que resultan conformes con sus determinaciones y que por tanto se sujetan a lo en él dispuesto.