Trámites para obtener licencia de obras

Trámites para obtener licencia de obras

Es la actividad arqueológica que se desarrolla durante la obra. Se realiza el control de los movimientos de tierra durante la ejecución de las obras objeto de licencia, que afectan al subsuelo (cimientos, saneamiento, fosos de ascensor...)

Para el inicio de las obras deberá obtener la expedición de la licencia, presentando la siguiente documentación:
  • Proyecto de Intervención Arqueológica/Restauración (Formato digital y firmado).
  • Resolución de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, autorizando la actividad.
  • Informe favorable de la Sección de Arqueología del Departamento de Licencias y Protección Urbanística
La documentación se presentará por Registro y habrá de comunicarse con 15 días de antelación al inicio de la actividad

Es la actividad arqueológica que se desarrolla previamente a las obras objeto de licencia, pues sus resultados pueden modificar la cimentación prevista en el proyecto.

Para el inicio del sondeo/excavación deberá obtener la expedición del sondeo o de la excavación (fase previa a la licencia), presentando la siguiente documentación:
  • Proyecto de Intervención Arqueológica (Formato digital y firmado).
  • Resolución de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, autorizando la actividad .
  • Proyecto de ejecución.
  • Informe favorable de la Sección de Arqueología del Departamento de Licencias y Protección Urbanística.
Para el inicio de las obras deberá obtener la ratificación y expedición de la licencia, presentando la siguiente documentación:
  • Memoria preliminar de los resultados del sondeo/excavación por Arqueólogo competente.
  • Resolución favorable de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.
  • Informe favorable de la Sección de Arqueología del Departamento de Licencias y Protección Urbanística.
La documentación se presentará por Registro y habrá de comunicarse con 15 días de antelación al inicio de la actividad

Pinturas en fachada de inmuebles recogidas en el Título XII del PGOU: previamente a las obras, deberán realizarse catas a fin de constatar la presencia de pinturas y realizar una propuesta para su conservación y  puesta en valor.

Para la realización de catas en fachada deberá obtener la expedición de catas (fase previa a licencia), presentando la siguiente documentación:
  • Propuesta de catas en fachada con pinturas, por restaurador competente (Formato digital y firmado).
  • Informe favorable de la Sección de Arqueología del Departamento de Licencias y Protección Urbanística.
Para el inicio de las obras deberá obtener la expedición de la licencia, presentando la siguiente documentación:
  • Memoria y propuesta del tratamiento de las pinturas de fachada.
  • Informe favorable de la Sección de Arqueología del Departamento de Licencias y Protección Urbanística. 
 La documentación se presentará por Registro y habrá de comunicarse con 15 días de antelación al inicio de la actividad.